ESTADO MAYOR DEL EJERCITO.- Excmo. Sr.: En vista del resultado obtenido por las tropas de las regiones primera y septima con la substitucion de la bota de vino que forma parte del equipo del soldado, por un frasco de vidrio cubierto de paño, que se dclaró reglamentario, con caracter provisional, para ambas regiones, por Reales Ordenes de 12 y 13 de agosto de 1904, y teniendo en cuenta el favorable informe emitido por el General del primer Cuerpo de ejercito, como consecuencia de las experiencias practicadas durante las maniobras del mismo año, el Rey (q.D.g.) ha tenido por conveniente disponer se declare reglamentario para todas las fuerzas del Ejercito el citado frasco de cristal, que debera ajustarse a la forma del adjunto diseño y reunir las condiciones siguientes: Sera de vidrio, de 600 mmililitros de capacidad, 22 cm de largo, 15 de ancho y 7 de grueso; estara cubierto hasta la boca por una funda de paño grueso de color marron, cerrada por un costado por un bramante, de cuyo extremo libre se sujetara el tapón de corcho que ha de servir para tapar el frasco; en la parte superior del cuello y unida en cuanto se pueda al reborde de la boca, se ajustará una anilla de alambre que servirá de unión al gancho del mismo material que ha de sujetar el frasco al equipo del soldado. Es asi mismo la voluntad de S.M. , que transcurrido un año de uso, informen los Generales de los Cuerpos de ejercito, Capitanes Generales de Canarias y Baleares y Gobernadores militares de Ceuta y Melilla, sobre el tanto por ciento de frascos que se han roto sin mas causa que su uso natural,para fijar de una manera definitiva su duracion probable.
De Real Orden lo digo a V.E. para su conocimiento y demas efectos.-Dios guarde a V.E. muchos años.-Madrid 21 de diciembre de 1905.-Luque.-Señor......
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